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POLICIA - Solicitud de Autorización de Prácticas de Conducción

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POLICIA - Solicitud de Autorización de Prácticas de Conducción

A partir del día 01/01/2026

Debe preparar toda la documentación previamente para adjuntarla en el momento del registro on-line o presencial. 

Algunas actividades especialmente, en el caso de disponer de terrenos destinados a clases prácticas en circuito cerrado, documento que lo acredite y autorización municipal para impartir dichas clases en los mismos o certificación acreditativa de que no necesita dicha autorización. De no disponer de terrenos, deberá acompañar autorización municipal para realizar dichas prácticas en zonas que reúnan las condiciones idóneas para la enseñanza de la conducción.

Estas actividades deberán de estar en posesión de la licencia de actividad o declaración responsable como autoescuelas o centro de formación.

IMPORTANTE: La Administración practicará de oficio las liquidaciones de la tasa a partir de los datos declarados en la solicitud en base a la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las pistas de enseñanza vial.

Antes de iniciar este procedimiento debe rellenar la instancia y adjuntar la siguiente documentación.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 

  1. Instancia debidamente cumplimentada.
  2. Ficha Técnica de vehículos que deberán estar a nombre de la Escuela o del titular de la misma.
  3. Certificado de alta en la Escuela, constando así en el Registro de Centros de Formación de Conductores.
  4. Aportar ITV y Seguro en vigor, según Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
  5. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en vigor a nombre de la Autoescuela, que cubra las prácticas en circuito cerrado.
  6. Justificación de la autorización municipal de actividad como autoescuela o Centro de Formación (Declaración Responsable de Actividad).
  7. Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias, y seguridad social.

LEGISLACIÓN aplicable

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia, registrar y firmar. 

Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:

  • PRESENCIAL:
    • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento en horario de 8:00 a 13:00 horas.
    • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Jumilla, provisto de su documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. 

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  

 

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Jumilla

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

 

 

 

 

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE JUMILLA - P3002200H
C/CÁNOVAS DEL CASTILLO, nº 31
30520 Jumilla (Murcia)
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